legalizar traduccion jurada

Cómo legalizar una traducción jurada

Hace unos meses dedicamos un amplio artículo a la Apostilla de la Haya, un certificado internacional cuyo fin es autenticar las firmas y los sellos que revisten un documento público expedido por cualquiera de los países firmantes del Convenio de la Haya del 5 de octubre de 1961, lo cual garantiza su reconocimiento en todos aquellos Estados extranjeros adheridos a dicho Convenio, sin necesidad de ningún otro tipo de legalización. Como comentábamos, para que un documento extranjero destinado a presentarse en la Administración española tenga validez, debe ser legalizado en el país de origen (con algunas excepciones que puedes consultar en el enlace anterior) y, posteriormente, traducido al castellano por un traductor jurado nombrado por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación (MAEUEC) de España.

Estas traducciones están exentas de legalización y son válidas sin necesidad de ningún trámite adicional, pero ¿qué ocurre cuando un documento emitido en España debe surtir efectos en un Estado extranjero? Pues que algunas administraciones pueden exigir también la legalización de las traducciones juradas.

¿En qué consiste la legalización?

Se define como un «acto administrativo mediante el cual la autoridad competente acredita la autenticidad de un documento o de una firma, atribuyéndole efectos legales». Su objetivo es garantizar la eficacia jurídica un documento en un entorno internacional.

Validez de documentos y traducciones oficiales

Cuando hablamos sobre los requisitos de validez de los documentos públicos extranjeros y de sus traducciones, debemos diferenciar entre la legalización del documento original y la legalización de la traducción jurada.

Como ya hemos comentado, para que los documentos públicos emanados de un país firmante del Convenio de la Haya tengan validez en otro Estado firmante deben apostillarse como paso previo a su traducción oficial. Con la Apostilla queda legalizado el documento. Pero no todos los países son firmantes del Convenio de la Haya y, en estos casos, no queda más remedio que someter el documento al trámite de legalización diplomática o consular. ¿En qué consiste?

Pongamos como ejemplo Tailandia. Cualquier documento público tailandés que vaya a surtir efectos en España requiere legalización por vía diplomática previa. Legalizar un documento supone que el Ministerio de Asuntos Exteriores tailandés certifica mediante un sello que el documento es válido y que la firma de quien lo expide es correcta y auténtica. Como último paso, la Embajada de España en Tailandia coteja y legaliza la firma del funcionario del Ministerio de Asuntos Exteriores tailandés.

Por el contrario, cuando es un documento español el que va a surtir efectos en el extranjero, este debe ser legalizado en España. El procedimiento depende del tipo de documento, pero finaliza siempre con una legalización en el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación y, posteriormente, en la embajada de Tailandia en España.

La traducción oficial de documentos públicos extranjeros

Una vez legalizado en el país emisor, para que un documento sea admitido en la Administración española, debe estar traducido al castellano, pero no de cualquier manera. Únicamente se admiten las siguientes traducciones:

  • Las realizadas en España por un traductor jurado habilitado como tal por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación de España. Estas traducciones no requieren ninguna legalización adicional.
  • Las realizadas por una representación diplomática o consular española en el extranjero. Estas traducciones requieren ser legalizadas por la sección pertinente del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación de España.
  • Las realizadas por la representación diplomática o consular en España del Estado que emite el documento. Estas traducciones requieren también ser legalizadas por la sección pertinente del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación de España.

La traducción oficial de documentos públicos españoles

Una vez legalizado en nuestro país, para que un documento sea admitido en una administración extranjera, debe estar traducido al idioma oficial o alguno de los idiomas oficiales del Estado receptor (aunque muchos admiten una traducción jurada al inglés, independientemente de si esta se encuentra o no entre sus lenguas oficiales). La traducción debe ser realizada por un traductor jurado oficial acreditado como tal por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación de España en todo el territorio español.

Sin embargo, en algunos casos, no basta con que la traducción esté revestida de la firma y el sello del traductor jurado, sino que se hace necesario completar un último trámite: la legalización de la traducción jurada o la legitimación notarial de la firma del traductor jurado. Y te preguntarás: pero ¿las traducciones juradas no son traducciones oficiales? Sí lo son, pero, en ocasiones, para que las autoridades extranjeras las reconozcan, es preciso ratificar su validez a través de este trámite, del cual dependerá que acepten o no tu traducción jurada en el extranjero.

Pero que no cunda el pánico. Es un procedimiento muy sencillo y gratuito. Solo tienes que acceder a la página web del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación y pedir cita. Una vez allí, la gestión es bastante ágil, por lo que no te quitará demasiado tiempo. Si no puedes acudir presencialmente, también puedes hacerlo mediante correo certificado o por medio de gestoría. Eso sí, planifícate con tiempo porque, a menos que acudas personalmente, el trámite puede prolongarse hasta un mes.

También puede ocurrir que el organismo que solicita la traducción jurada exija la legitimación notarial de la firma del traductor jurado. Es decir, que sea un notario quien garantice la autenticidad de su firma y su acreditación como traductor jurado. En este caso, el traductor debe presentar en la oficina del notario su documento nacional de identidad y el carné que le acredita como traductor jurado, y el notario legitimar su firma en la traducción jurada correspondiente.

¿Caducan las legalizaciones?

No, las legalizaciones no tienen fecha de caducidad y se pueden solicitar en cualquier momento. Sin límite de tiempo. Eso sí, si el documento expedido tiene una vigencia determinada, también la tendrá la legalización.

Aunque en este artículo hemos tratado de reunir todos los supuestos que pueden plantearse en la realidad, cada trámite es un mundo. Lo mejor es preguntar en cada caso al organismo que solicita la traducción jurada si esta es válida por sí misma o requiere algún tipo de trámite adicional y si el documento original debe estar o no legalizado. Con todo, esperamos haber arrojado algo de luz sobre este tipo de cuestiones y que esta información os sirva de ayuda.

¡Hasta el próximo post!

Ana Gutiérrez González
Ana Gutiérrez González

CEO y fundadora de Between Traducciones. Soy licenciada en Traducción e Interpretación por la Universidad de Granada y Traductora Jurada de Inglés, habilitada por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación de España.

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